Non bis in idem

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID Sentencia de fecha: 4 de mayo de 2006. Ponente: Ilmo. Sr. D. Juan Miguel Massigoge Benegiu. Denegación de solicitud de inscripción en el Registro de Productos de Residuos Biosanitarios y Citotóxicos. Alega la actora en el presente recurso la vulneración del principio "non bis in idem" por entender que habiendo obtenido la inscripción en el Registro de Pequeños productores de Residuos Tóxicos y Peligrosos, la resolución impugnada infringe el principio "non bis in idem" al exigirle un Plan de ordenación que no exigen otros Registros de mayor amplitud y gravedad.


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